Impuesto sobre la renta en la venta de inmuebles ¿Cómo se exenta?

Si estás en el proceso de venta de alguna de tus propiedades, aquí te diremos cuáles son las condiciones y qué requisitos legales necesitas saber sobre el Impuesto sobre la renta en la venta de inmuebles ¿Cómo se exenta?

En México, cuando se realiza una operación de compraventa de casa habitación, tanto el vendedor como el comprador deben pagar impuestos, ya que de no hacerlo no podrán formalizar la venta en una escritura pública.

En el caso del vendedor le corresponde pagar ISR (Impuesto Sobre la Renta) por enajenación y el comprador debe pagar el Impuesto sobre Adquisición de Inmuebles (ISAI) para los inmuebles ubicados en la Ciudad de México y el Impuesto sobre Traslado de Dominio para los ubicados en otras entidades de la República Mexicana, además el comprador debe pagar otros conceptos que contemplara el Notario Público para el costo de su escritura.

Sin embargo, en el caso de los vendedores, existen ciertos requisitos y condiciones específicas para poder excenta el pago de ISR (Impuesto Sobre la Renta)  por enajenación.

Impuesto sobre la renta en la venta de inmuebles ¿Cómo se exenta? 

El beneficio de exención por venta de inmuebles está únicamente dirigido a las personas físicas y no aplica para las transacciones de profesionales inmobiliarios, (asesores, brokers, etc).

 Es importante mencionar que este beneficio no es acumulable y solo se puede exentar este impuesto una vez cada 3 años y con un solo inmueble a la vez.

¿Cómo se calcula el Impuesto sobre la renta en la venta de inmuebles?

El cálculo de este impuesto depende de varios factores, como el valor de venta del inmueble, el costo de adquisición, depreciación o plusvalía del inmueble, así como las deducciones autorizadas.

La ley del Impuesto Sobre la Renta establece que el porcentaje a pagar, se realiza sobre la ganancia obtenida por la venta del inmueble,  tomando en cuenta los factores mencionados anteriormente.

¿Cuál es el precio máximo de venta para poder exentar Impuesto sobre la renta en la venta de inmuebles?

El precio máximo de venta con el que se puede exentar este impuesto es de 700,000 UDIS (Unidades de Inversión). Puedes encontrar la actualización diaria de este valor en la página del Banco de México (Banxico).

A Noviembre de 2020 el valor de una UDI es de $6.59, por lo que actualmente para que un propietario puede exentar este impuesto, la compraventa debe ser por un monto máximo de $4, 613,000.00 M.N.

Este valor máximo aplica por propietario, por lo que en el caso de vender una casa habitación adquirida por sociedad conyugal se considerarían dos propietarios.

Entonces la exención permitida será por doble del monto señalado, es decir $ 4.613 Millones x 2 = Total $ 9, 226,000 .00

¿Cómo se realiza el pago de Impuesto sobre la renta en la venta de inmuebles?

Se paga junto con los demás gastos notariales para formalizar la escritura pública, el pago se entrega al Notario Público quien lo retiene y lo entera a Hacienda.

¿Qué documentación se necesita presentar para la exención del Impuesto sobre la renta en la venta de inmuebles?

  • Comprobantes de domicilio vigentes a nombre del titular con el domicilio exacto de la ubicación del inmueble en venta, por ejemplo: recibo de luz, teléfono o estados de cuenta bancarios

**Los recibos deben tener el nombre completo del vendedor y el Registro Federal de Contribuyentes.

  • Credencial para votar con el domicilio la casa habitación que se vende

En muchos casos el Notario Público solicita únicamente el último recibo, pero hay casos en que podrían pedirte hasta 03 recibos para comprobar que el inmueble ha sido habitado por el vendedor al menos los últimos 6 meses.

¿Si ya no puedo exentar el impuesto, puedo deducir gastos para disminuirlo y cuáles son?

Sí, es posible deducir gastos y restarlos a la ganancia obtenida por la venta del inmueble, para así pagar una cantidad menor de Impuesto.

Los conceptos de gastos que puedes deducir para el cálculo del Impuesto sobre la Renta por la venta de un inmueble son:

  • Costo comprobado de adquisición: Se acredita con el complemento de la factura original del notario que realizó la operación.
  • Mejoras y ampliaciones a la vivienda: Se acreditan con facturas de los proveedores por la compra de materiales, así como el aviso de terminación de obra.
  • Gastos notariales: Se debe solicitar al Notario la factura por los gastos notariales.
  • Comisiones/ Honorarios: Si contrataste a un corredor o asesor inmobiliario para tu proceso de venta, es necesario requerir las facturas por honorarios para deducir este concepto

*Es necesario presentar las facturas originales al momento de firmar a escritura pública.

Efectuar estas deducciones te permitirá reducir el monto base sobre el cual se calcula el impuesto.

Ojo! Otros documentos, por ejemplo; recibos o notas simples, no tienen validez y no se podrán tomar en cuenta para la deducción.

¿En qué casos no se puede exentar el impuesto sobre la renta en la venta de inmuebles?

  • Cuando el inmueble no es una casa habitación. Por ejemplo: locales comerciales, oficinas, bodegas, terrenos sin construcción.
  • Si ya se exento en los últimos 3 años.
  • Si el propietario no cuenta con la documentación necesaria para acreditar que es su casa habitación, por eso es importante que los recibos de luz, gas, agua estén a nombre del propietario y no del inquilino si está rentando

Ahora que ya sabes cómo se exenta el impuesto sobre la renta en la venta de inmuebles. Para obtener un cálculo más preciso  y la cantidad exacta a pagar, te recomendamos consultar a un Notario Público de su confianza, o a un abogado especializado en materia fiscal enfocada a operaciones inmobiliarias.