¿Qué es la cobranza extrajudicial?

Para recuperar el pago de una deuda, existen dos tipos de cobranzas: las extrajudiciales, y las judiciales. La cobranza extrajudicial es un tipo de cobranza que utilizan las empresas, bancos o instituciones financieras, ya sea a través de ellos mismos o mediante un despacho de cobranza para requerir el pago a un deudor.

Este tipo de cobranza consiste en aplicar diversos métodos de persuasión y técnicas de presión a sus deudores con el fin de conseguir que salden su deuda. El término extrajudicial se refiere a aquella cobranza que se realiza por las personas o Entidades sin tener que interponer una demanda ante Juzgado.

La cobranza extrajudicial es la gestión de cobro que se realiza por el Banco directamente, o a través de terceros a los clientes que han tenido atrasos en el pago de sus productos.

La cobranza extrajudicial tiene como efecto el aumento de la deuda por los intereses, además de los gastos de cobranza generados por las gestiones realizadas para la recuperación del dinero adeudado luego de transcurrido cierto tiempo sin pagar.

La cobranza extrajudicial comúnmente es realizada por los despachos de cobranza y otras figuras de carácter privado, contratadas por los bancos u otras agencias de servicios financieros, para que contacten a los deudores y les exhorten a liquidar sus deudas.

Ninguna agencia de cobranza extrajudicial tiene facultades para ordenar un embargo de bienes ya que esta acción únicamente puede ejecutarse mediante orden judicial.

En el proceso de cobranza extrajudicial se hacen diversos requerimientos de pago antes de demandar el cobro a través de los órganos competentes de justicia para realizarlo.

Aunque la cobranza extrajudicial es un medio que tienen las instituciones financieras de requerir al deudor el pago de la deuda, debes saber que existen restricciones que se deben cumplir para no incurrir en el delito de amenazas y cobranza extrajudicial ilegal contemplado en el artículo 284 Bis del Código Penal Federal.

Ahora bien, como ya se ha mencionado, a veces la cobranza extrajudicial puede ser llevada a cabo por un tercero, y en muchas ocasiones son los despachos de cobranza quienes se encargan de realizar esta actividad.

Según la Comisión Nacional para la Protección de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef), la forma de proceder de los despachos de cobranza consiste básicamente en:

  • Identificarse cuando te llamen o te visiten.
  • Solicitar de forma cordial y respetuosa el pago de tu deuda.
  • En caso de realizar la gestión de cobranza vía telefónica, los horarios autorizados serán a partir de las 07:00 hasta las 22:00 horas, en caso de recibir llamadas fuera de este lapso se entenderá como una practica de hostigamiento por parte del despacho.

¿Qué puedo hacer si al realizar la cobranza extrajudicial soy víctima de hostigamiento?

En caso de que alguno de los despachos de cobranza o Institución financiera encargada  de cobrarte de forma extrajudicial, actúe de forma amenazante y fuera de los horarios mencionados, puedes interponer una queja directamente en el portal digital del Registro de Despachos de Cobranza “REDECO” y recibir respuesta por el mismo sistema.

¿A quien acudir si requiero los servicios de cobranza extrajudicial?

La Condusef pone a tu disposición el Registro de Despachos de Cobranza “REDECO”, es un Sistema electrónico que contiene información de los Despachos de Cobranza autorizados con quienes puedes acudir si requieres exigir extrajudicialmente el pago de una deuda, negociar o reestructurar un crédito, préstamo o financiamiento.

Por último, es importante señalar que en un proceso de cobranza extrajudicial es completamente normal que el despacho de cobranza informe al deudor de las consecuencias legales derivadas de la falta del pago de la deuda o de la capacidad de iniciar acciones legales en contra del deudor, siempre que estas sean realizadas de forma cordial y respetuosa.