Diferencia entre aval y fiador. Lo que debes saber.

¿Alguna vez te han pedido ser aval o fiador o tú se lo has solicitado a alguien?. Quizá no estés del todo familiarizado con estos términos. Sin embargo, estos 2 términos con frecuencia son usados como sinónimos, pero no lo son. Actualmente son figuras jurídicas que se usan frecuentemente. Por esta razón, resulta muy importante que sepas en qué consisten, sus características y la diferencia entre aval y fiador.

¿Qué es un fiador?

El fiador es una persona que se obliga a garantizar el pago con el acreedor en caso de que el deudor principal incumpla el contrato.

El fiador es comúnmente una persona física. En caso de que sea una persona moral, ésta debe incluir en su acta constitutiva la facultad de otorgar fianzas.

En la actualidad es casi inevitable que al celebrar un contrato de arrendamiento soliciten la existencia de un fiador. Esto es para que en caso de incumplimiento de alguna de las obligaciones contraídas por el inquilino, se pueda asegurar el cumplimiento del contrato por el fiador.

Es muy común que al momento de celebrar un contrato de arrendamiento, el arrendador solicite que el fiador sea propietario de un bien inmueble libre de gravamen. Y que se encuentre ubicado dentro de la misma localidad en la que se encuentra el bien arrendado.

La ley señala que el fiador no puede ser forzado a pagar al acreedor. Esto sin que primero sea demandado el deudor principal.

En caso de que se demande al deudor principal y no cumpla con la obligación de pago, el arrendador puede solicitar al Juez que se embargue el bien inmueble que el fiador puso en garantía en el contrato.

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¿Qué es un aval?

El aval es una tercera persona que se obliga a garantizar el pago si el deudor no se hace cargo. En un contrato de aval la persona que se compromete es el avalista y la que solicita el préstamo es el avalado (deudor).

El aval queda obligado de manera solidaria con el deudor principal y puede ser demandado en forma directa por el acreedor. Es decir, no es necesario que primero demande al deudor principal. 

Una de las características más importantes del aval es que se fija un periodo de tiempo establecido para que el deudor devuelva el dinero prestado.

El lapso de tiempo que se pondrá como límite para el pago, dependerá del deudor en cuestión. Es decir, si hay garantía de que cumpla con los plazos establecidos.

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Diferencia entre aval y fiador

Muchas personas que no tienen un conocimiento pleno sobre estos términos o figuras jurídicas suelen confundirse entre el real significado de ambas. 

A continuación, explicaremos distintos puntos para así entender la diferencia entre aval y fiador:

Regulación

  • El aval pertenece al derecho mercantil y está regulado por la Ley General de Títulos y Operaciones de CréditoEs empleado comúnmente en pagaré formato pdf y letras de cambio. Haciendo referencia que la persona se compromete al pago de lo adeudado en nombre de otra persona.
  • La fianza está regulada por el Código Civil Federal a través del contrato de fianza. En éste una persona se compromete con el acreedor a pagar por el deudor.

Partes que intervienen

  • Si te piden garantizar un contrato de arrendamiento serás fiador y el arrendatario o inquilino será el deudor principal.
  • Si te solicitan garantizar una deuda a través de un pagaré  te convertirás en avalista y la persona por la que respondes será denominado deudor o avalado.

Requerimiento de pago

  • El fiador no puede ser forzado a pagar al acreedor sin que de manera previa sea demandado el deudor principal. Es decir, el acreedor primero deberá de exigir el cumplimiento de la obligación al deudor principal, luego al fiador.
  • El aval queda obligado de manera solidaria con el deudor principal. Puede ser demandado en forma directa por el acreedor.

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Ahora ya conoces la diferencia entre aval y fiador, pero si todavía tienes más dudas, puedes agendar una cita con un abogado certificado.