En el entorno empresarial y profesional, es muy frecuente que tanto las compañías como los profesionistas independientes ameriten contratar los servicios de otros profesionales, ya sea a individuos o a empresas, para cumplir con diferentes objetivos.
El contrato de prestación de servicios es un documento jurídico en el cual intervienen dos partes: el prestador de servicios o profesionista y el cliente, el prestador puede ser tanto una empresa como un profesional autónomo e independiente. Además, se establecen las obligaciones de las partes y las condiciones y plazos para llevar a cabo el objeto del contrato.
Recordemos que un contrato, es una manifestación del mundo exterior que crea, produce o transfiere derechos y obligaciones, y su contenido basado en una prestación de servicios es una relación de naturaleza civil, es decir, no implica una relación laboral ni tampoco mercantil.
¿Qué datos debe contener un Contrato de Prestación de servicios?
- Debemos acreditar la personal de cada una de las partes, es decir, que se identifique de manera que no quede duda sobre la persona que está contratando. Esta información debe ser por lo menos: nombre, RFC, domicilio convencional y legal o fiscal, CURP, nacionalidad. En el caso de que sea una empresa (persona moral o jurídica) debe considerarse: los datos de su Acta Constitutiva, Poder Notarial, si han habido reformas a sus estatutos sociales, etc.
- Objeto y alcance del contrato. Es importante ser lo más concreto acerca del tipo de servicio que se va a realizar, incluso se pueden agregar anexos que contengan las especificaciones técnicas de dicho servicio, si es el caso.
- Vigencia
- Plazos y formas de pago
- Cláusula de confidencialidad y/o aviso de privacidad
- Resolución de conflictos y ley aplicable
Es un modelo de contratación de naturaleza civil para trabajadores independientes, además de personas naturales y jurídicas, que prestan un servicio determinado a cambio de una cifra económica.
Se considera uno de los tipos de contratos más comunes, de mayor relevancia al momento de desempeñar las actividades de un negocio, y también a la hora de regular con precisión cuáles serán las principales condiciones que regirán los intercambios entre las partes.
Este contrato es clave en las operaciones de las empresas, negocios o relaciones del día a día, pues incluso la legislación fiscal exige la materialidad, razón de negocios y documentación de la existencia de las operaciones realizadas, por lo que el contrato forma parte del cumplimiento fiscal para acreditar la existencia del gasto o ingreso realizado.
Puntos clave del contrato de prestación de servicios:
- Es un contrato de carácter civil, en el cual debe existir consentimiento de las partes, por lo que pueden pactar libremente los derechos y obligaciones que quieren tener en ese contrato.
- El cliente tiene derecho a exigir el cumplimiento de una obligación de resultados.
- No existe subordinación laboral, ambas partes son iguales.
- La forma de pago por la prestación de servicios es a través de honorarios.
- Ante cualquier controversia, quien resuelve es un Juzgado Civil y es competencia local, con la salvedad de que a la fecha está en proceso de implementación total para el 2027 el Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares que regirá en todo el país la forma de resolver las controversias que se susciten derivado de un incumplimiento a este tipo de contratos.
¿Puedo firmar electrónicamente un contrato de prestación de servicios?
Sí, la firma electrónica en este tipo de contratos tendrá los mismos efectos y validez que la firma tradicional. Se recomienda ampliamente utilizarla, ya que se agilizará notablemente el proceso de formalización del contrato, pasando de días a minutos.
A pesar de que existe confusión sobre la viabilidad de firmar electrónicamente un contrato de naturaleza civil, es importante tener claridad sobre la materia que rige el acto, es decir, el código civil que es la parte sustantiva de la materia civil establece los elementos que debe tener un acto jurídico como es el contrato, y uno de ellos es el consentimiento que puede ser expreso o tácito. Si el código no menciona a la firma electrónica o a los medios electrónicos, ópticos o de cualquier otra tecnología en el consentimiento expreso, es válido, pues no lo está prohibiendo conforme al principio de legalidad que rige a los particulares.
Además, tratándose de la manera en que los particulares regulan sus relaciones, mientras estas no vayan en contra de normas de orden público o prohibitivas, conforme al principio de autonomía de la voluntad de las partes pueden acordar celebrar el contrato de prestación de servicios mediante el uso de una firma electrónica con determinada metodología que la haga confiable.

Ventajas de usar la firma electrónica en el contrato de prestación de servicios:
- Monitoreo en tiempo real del proceso: La firma electrónica permite monitorear desde cualquier dispositivo y en tiempo real cómo se está llevando a cabo el proceso de cada firmante, envío de recordatorios de forma automática con la fecha de renovación y/o vencimiento.
- Mejora de experiencia al cliente: Cuando se implementa la solución de la firma electrónica dentro de un contrato de prestación de servicios, se mejora significativamente la experiencia del cliente, haciendo más cómoda y rápida la negociación.
- Validación de identidad: Con la firma electrónica es posible autenticar y verificar plenamente la identidad el firmante, asegurando una total protección jurídica contra los riesgos de falsificación de identidad.
¿Cuál legislación regula los contratos de prestación de servicios?
Este tipo de contrato tiene un carácter civil, al no intervenir ninguna Autoridad en el mismo (o en caso de que intervenga su actuación será en calidad de particular por los efectos de la operación civil que celebre), por lo que en México la legislación aplicable es la legislación civil, es decir, el Código Civil Federal y los Códigos Civiles de las entidades federativas de la República Mexicana, dependiendo de la localidad donde se firme el contrato.
Es muy importante tener en cuenta que un contrato de prestación de servicios debe ser redactado por abogados o especialistas en la materia para asegurar su validez y otorgar plena protección jurídica a las partes.
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