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Contrato de Consignación Mercantil
¿Qué es un contrato de consignación mercantil?
El Contrato de Consignación Mercantil es el documento en el que se hace constar el acuerdo al que llegan dos personas en crear derechos y obligaciones para ambas, en el que una de ellas que es dueña de uno o más bienes muebles (que son aquellas cosas u objetos que pueden moverse por voluntad del hombre o de la naturaleza, todo aquello que NO sea una casa, departamento, edificio, terreno, etc.) que entrega a otra persona con el fin de que la persona que recibe los bienes muebles los venda y le pague una cantidad determinada de dinero de acuerdo con lo que establecieron en el contrato. O, si no los vende, se los devuelva al dueño de los bienes muebles que le fueron entregados.
Se llama contrato, porque es el acuerdo al que llegan las personas para crear derechos y obligaciones que expresan o manifiestan, en este caso, de manera escrita. Es consignación, porque de acuerdo con el diccionario de la lengua española define consignar como “enviar las mercaderías a manos de un agente o comisionista”. Por último, es mercantil, porque es un contrato que se encuentra regulado en el Código de Comercio. O sea, en el derecho mexicano es de naturaleza mercantil, que se utiliza entre comerciantes. En ocasiones a este contrato se le conoce también como contrato consignatorio.
¿Para qué sirve?
El contrato de consignación mercantil sirve para documentar que una persona que es dueña de determinados bienes muebles que quiere venderlos se los entrega a otra persona para que pueda mostrarlos y consiga un comprador que quiera adquirir los bienes muebles que le entregó el dueño.
Además, sirve para acreditar que una persona que recibió bienes para venderlos tiene derecho a exigir el pago de una retribución en dinero como ganancia por lograr vender los bienes que le entregó el dueño para esos efectos.
¿Quiénes intervienen?
Consignante. Es el dueño o propietarios del bien o bienes muebles que entrega al consignatario con el fin de que se vendan en un plazo determinada y a una cantidad de precio acordada.
Consignatario. Es la persona que recibe el o los bienes muebles que le entregó el consignante para que los venda y conserve durante el tiempo fijado y en la cantidad establecida. Y quien obtendrá una ganancia como retribución por la venta de los bienes muebles.
¿Cuáles son las obligaciones del consignatario?
El consignatario tiene la obligación de pagarle al consignante el precio que le fue entregado por la venta de los bienes muebles que hizo. Pero en caso de que no haya podido venderlos en el tiempo o plazo establecido en el contrato de consignación mercantil, deberá devolverle al consignante los bienes muebles que le entregó.
Como lo hemos mencionado anteriormente, las obligaciones del consignatario son, en caso de que el consignatario venda el o los bien(es) mueble(s) que le entregó el consignante, entregarle al consignante la cantidad que le entregó el comprador como precio del bien mueble que adquirió de acuerdo con el límite o monto que establecieron en el contrato de consignación mercantil. Es decir, para que el consignatario pueda vender los bienes muebles que le han sido entregado, deberán establecer en el contrato el valor de venta del(los) bien(es) mueble(s) consignados (entregados).
El consignatario tiene la obligación de entregarle al consignante a más tardar en dos días hábiles la ganancia obtenida de la venta del(los) bien(es) mueble(s). Excepto, que en el contrato hayan establecido un tiempo distinto para la entrega del dinero.
¿Qué pasa si el consignatario no logra vender el(los) bien(es) mueble(s) que le entregaron en consignación?
En caso de que el consignatario no venda el(los) bien(es) mueble(s) en el plazo establecido, en el contrato, estará obligado a devolverle al consignante (al dueño y quien le entregó el o los bienes muebles) los bienes muebles.
Recuerda que sólo existe una posibilidad en la que el cosignatario no estará obligado a devolverle los bienes muebles al consignante. Y es únicamente si los bienes muebles se han deteriorado o destruido por causas ajenas al consignatario, como fenómenos naturales.
El consignante tiene que transmitirle la posesión y no la propiedad de los bienes muebles al consignatario. Y en su momento, cuando el consignatario consiga un comprador para los bienes muebles deberá el consignante transmitirle al comprador la posesión y la propiedad del bien. En caso de que el consignante o dueño de los bienes muebles no quiera entregar los mismos o transmitirle la propiedad al comprador tendrá que responder por los daños y perjuicios que cause por dicho incumplimiento.
Recuerda que el consignatario es un intermediario, es como un agente. Pues es el enlace o el contacto en el que se apoyará el dueño de los bienes muebles para poder lograr colocarlos mediante la venta de los mismos en manos de un nuevo adquirente.
¿Qué pasa si no le entregan los bienes muebles consignados que compró la persona interesada?
Si la persona que desea adquirir los bienes muebles que le ofreció en venta el consignatario no logra obtenerlos porque se lo impide el consignante, ya sea porque el consignante no era realmente el propietario de los mismos o porque los tenía comprometidos en una venta anterior a alguien más, si no le avisó al consignatario tendrá que responderle civilmente a la persona que iba adquirir los bienes muebles.
¿Cómo se fija la ganancia que obtendría el consignatario por la venta de los bienes muebles?
Recuerda que en el contrato las partes, el consignante y el consignatario, deberán establecer la cantidad o el porcentaje de la ganancia que obtendrá el consignatario por la venta de los bienes. Esto es así, porque el consignatario para lograr el objetivo del contrato deberá poner sus esfuerzos y recursos dándole al consignante (dueño del(los) bien(es) mueble(s)) un beneficio que es el enriquecimiento por el dinero que obtiene de la venta de los bienes muebles consignados.
Por eso, la ganancia del consignatario se puede fijar poniendo como contraprestación (es el dinero que se le pagará) una suma determinada de dinero, un porcentaje sobre el precio obtenido de la venta o algún otro beneficio. Si así lo acuerdan las partes, pueden establecer en el contrato que en cuanto el consignatario lleve a cabo la compraventa de los bienes muebles que le entregaron para venderlos, se quede con la cantidad de dinero de acuerdo al porcentaje que derivado de la venta se le pagaría.
Recuerda que en caso de que el consignatario no venda el(los) bien(es) mueble(s) que le entregó el consignante, no podrá recibir ninguna ganancia. Ya que el objetivo principal de este contrato es, primero que el consignante le entregue o ponga a disponibilidad del consignatario uno o más bienes muebles para que los venda, y segundo que el consignatario logre vender el(los) bien(es) mueble(s) para obtener una ganancia establecida en el contrato. Es decir, el consignatario no se quedará con el dinero que le haya entregado el comprador, sino que tendrá que entregárselo al consignante, ya que el consignatario únicamente obtendrá la cantidad que hayan establecido en el contrato siempre y cuando logre vender el(los) bien(es) mueble(s).
Es opcional que en el contrato se establezca una ganancia o no que obtendría el consignatario en caso de que no logre vender el(los) bien(es) mueble(s). Si se estableció el pago de una determinada cantidad de dinero incluso si no lograba vender nada el cosignatario, podrá quedarse con el o los bienes muebles hasta que el consignante le pague lo acordado.
Características del contrato de consignación mercantil:
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Identificar a las partes que firmarán el contrato. Se debe mencionar el nombre completo y la Clave Única de Registro de Población (CURP). En caso de ser persona física; la denominación o razón social, la clave del Registro Federal de Contribuyentes (RFC) y si lo prefieren los datos de identificación del instrumento público en el que se constituyó y en donde le otorgan facultades a su representante legal. En caso de ser persona moral, el domicilio completo y correo electrónico.
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Debe entregarle física o materialmente el consignante los bienes que quiere que se vendan al consignatario para que el contrato tenga efectos.
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Se debe especificar la ganancia que recibirá el consignatario. En caso de vender el o los bienes muebles que le entregó el consignante o, incluso, si no los vende y termina la vigencia del contrato.
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Es importante que se mencionen las obligaciones que tendrán las partes, como las que hemos mencionado anteriormente.
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Se debe identificar el o los bienes muebles que les serán entregados, mencionando sus características externas e internas, su color, dimensiones, medidas y uso que tiene(n).
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La obligación principal del consignatario es entregarle el precio de la venta del bien o devolverle el bien si no lo vendió al consignante.
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Mencionar la vigencia que tendrá el contrato, la fecha de inicio y de terminación.
Dudas frecuentes:
¿Cuáles son las causas de terminación del contrato de consignación?
Son causas de terminación del contrato:
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La venta de los bienes muebles consignados dentro de la vigencia del contrato.
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Que haya llegado la fecha o el plazo de vigencia del contrato.
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La muerte del consignante o consignatario.
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Que las partes quieran conjuntamente darlo por terminado.
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El incumplimiento de las obligaciones que tiene alguna de las partes.
¿Con qué documento lo puedo confundir?
El contrato de consignación mercantil podría confundirse con el contrato de compraventa. Sin embargo, en el contrato de consignación, el consignante solamente transmite la disponibilidad de los bienes al consignatario más no la propiedad. Jurídica y fiscalmente no existe una enajenación de bienes, solamente se da su consignación con la finalidad que el consignatario venda dichos bienes. En cambio, en una compraventa si existe en el instante la transmisión de la propiedad del bien en favor de otra persona que es el comprador.
Fundamento legal:
Artículo 392 al 394 del Código de Comercio.
Documentos relacionados:
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- Contrato de Licencia de Uso de Marca
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